El costo de un trámite de expediente de obra se establece de acuerdo con la Ordenanza Fiscal y Tarifaria vigente. Ver: Cap. VII - Art. 28º y lo dispuesto en el Cap. XXI - Art. 97°. | Varía en función a la complejidad de cada caso | ingresar aquí Ventanilla única |
Una vez concluida la obra para la cual se obtuvo el correspondiente plano de proyecto aprobado en formato papel y dentro de los 30 días siguientes debe efectuarse este trámite de “final de obra”.