Sin costo | Una vez enviado el formulario electrónico, la Subsecretaría de Ambiente enviará la Constancia de Registro de Generador de AVU en un plazo máximo de 72hs. | A través de: ambiente@msm.gov.ar | Durante las 24hs |
Al poseer un comercio gastronómico o establecimiento donde se genere Aceite Vegetal Usado (AVU) es necesario inscribirse en el Registro Obligatorio de Generadores de AVU, y a partir de ello disponer correctamente de este residuo, de acuerdo a la Ordenanza 39/2012. A partir de dicha Ordenanza se crea el Programa Convertir Aceite, que tiene como objetivo recuperar el AVU para producir Biocombustible y al mismo tiempo evitar la contaminación de las napas o el suelo, la obstrucción de cloacas, la afectación de la salud de las personas o su reutilización para consumo humano, por un manejo incorrecto de este residuo. Si tiene un establecimiento gastronómico, pero no genera Aceite Vegetal Usado se deberá realizar una Declaración Jurada, a través de formulario electrónico.