Permiso para la venta ambulante


SECRETARIA
| SECRETARÍA DE GOBIERNO
DIRECCION
| Habilitaciones

COSTO DEL TRÁMITE
DURACIÓN DEL TRÁMITE
LUGAR DE ATENCIÓN
HORARIOS DE ATENCIÓN
Una tarifa mensual según lo establecido en la Ordenanza Tarifaria y Fiscal vigente. Se abona Inicio de Expediente - Según Tarifaria 48 horas hábiles. Oficina en Sarmiento 1686. Para asesoramiento, puede contactarse a través de WhatsApp de Ayuda en Línea: 11 2897-1924. De 8:00 a 14:00 hs.

PRESENTACIÓN DEL TRÁMITE

Este trámite es para regularizar todas y cada uno de las ventas que se realicen en la vía pública.


Requisitos y documentación necesaria

1. Diríjase a la Dirección General de Habilitaciones para obtener el formulario de inscripción o renovación del permiso de venta ambulante. 2. Complete el formulario y adjunte la documentación requerida (detallada más adelante). 3. Una vez presentada la documentación, se genera un expediente, que será caratulado y derivado nuevamente a Habilitaciones para la emisión del recibo de pago. 4. Realice el pago correspondiente. 5. Una vez aprobado, se emite el Certificado de Permiso Ambulante. Este trámite es para regularizar todas y cada uno de las ventas que se realicen en la vía pública. 6. Diríjase a la Dirección General de Habilitaciones para obtener el formulario de inscripción o renovación del permiso de venta ambulante. 7. Complete el formulario y adjunte la documentación requerida (detallada más adelante). 8. Una vez presentada la documentación, se genera un expediente, que será caratulado y derivado nuevamente a Habilitaciones para la emisión del recibo de pago. 9. Realice el pago correspondiente. 10. Una vez aprobado, se emite el Certificado de Permiso Ambulante.
Personas físicas mayores de 18 años que residan en el Partido de San Miguel.
Para Inscripción: ● Declaración Jurada de Venta Ambulante (trámite presencial en la oficina). ● Fotocopia del DNI del titular. ● Una foto 4x4. Para Renovación: ● Declaración Jurada de Venta Ambulante (trámite presencial en la oficina). ● Último comprobante de pago de venta ambulante. ● Una foto 4x4. ● En caso de poseer discapacidad, deberá presentar el Certificado de Discapacidad para quedar eximido según lo establecido en el Artículo N.º 25.
Subsecretaría de Control y Ordenamiento Urbano, Dirección General de Habilitaciones Comerciales.
Ordenanza 15/14
El permiso de venta ambulante tiene una vigencia de un año a partir de la fecha de inscripción o renovación. Si el titular no realiza el pago de dos semestres consecutivos y no renueva el permiso, este perderá automáticamente su validez.