| Pago único de tasa provincial (Banco Provincia) del 1% sobre la tasación real del inmueble, que se abonara oportunamente según instrucciones del R.N.R.D. interviniente. | Subsecretaria de Tierras, Vivienda y Urbanismo Social, Oficina 19 dentro del edificio municipal (Sarmiento 1551, San Miguel) |
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Acta – Escritura (En marco de esta Ley) inscripta en el registro de la Propiedad de la Provincia de Bs As