Pago único de tasa provincial (Banco Provincia) del 1% sobre la tasación real del inmueble, que se abonara oportunamente según instrucciones del R.N.R.D. interviniente. | Subsecretaria de Tierras, Vivienda y Urbanismo Social, Oficina 19. Sarmiento 1551 | Lunes a Viernes de 8 a 14 hs, con previo turno. |
Acta - Escritura (en el marco de esta ley) inscripta en el Registro de la Propiedad de la Pcia. De Buenos Aires